CalmGrowth
Crece en España,
con calma
Tu autorización no es el final del viaje: es la base sobre la que se construye todo lo demás.
Cuidamos lo que ya tienes, lo adaptamos cuando tu vida cambia y lo convertimos en algo mejor —larga duración, nacionalidad— sin que tengas que estar pendiente.
Lo que ya has conseguido se puede perder sin que te enteres
Conseguir tu autorización costó meses de trabajo y una decisión favorable. A partir de ahí, casi todo el mundo deja de mirar.
Y es justo entonces cuando el expediente empieza a moverse solo: fechas que se acercan, condiciones que hay que seguir cumpliendo, cambios de vida que nadie comunica.
Nadie te avisa
Las ventanas de renovación se abren y se cierran. Los requisitos hay que poder demostrarlos el día que toca, no el día que te acuerdas.
Lo que cambia en tu vida cambia tu expediente
Empleador, actividad, ingresos, domicilio, familia. La Administración no lo sabe hasta que se lo cuentas —bien, y a tiempo.
Se deniega sin pedirte que subsanes
La subsanación existe para lo que falta, no para lo que está y no convence. Lo que haya que explicar se explica antes, dentro del expediente.
Resultado: reaccionas cuando ya no queda margen.
Es el mismo enfoque reactivo del que te sacamos antes de llegar.
De reaccionar a estar cubierto. Esto es CalmGrowth.
Seguimos contigo después de la resolución favorable. Vigilamos tu situación, te avisamos antes de que haya prisa y, cuando toca actuar, el expediente ya está pensado. Seis puertas, según lo que te haga falta.
Seis puertas,
según lo que necesites
Cada una responde a algo distinto: que no se caiga lo conseguido, que la estrategia se adapte a tu vida, o que subas de escalón. Elige por dónde empezar.
Mantener a salvo
Renovar tu autorización
Que lo conseguido no caduque ni se caiga por el camino.
Requerimientos y denegaciones
Cuando llega un papel que no esperabas y el reloj corre.
Adaptar
Cambiar de vía
Tu vida cambia; la estrategia legal, también.
Traer a tu familia
Tu viaje no es solo tuyo.
Elevar
Larga duración
Residir por derecho propio, sin depender de un trabajo.
Nacionalidad española
El último escalón, y el que más depende de lo que hiciste antes.
Renovar tu autorización
Renovar no es repetir el trámite: es volver a demostrar que sigues cumpliendo, con la vida que tienes ahora y no con la que tenías cuando te la concedieron.
Es tu caso si
- Tu autorización tiene fecha de caducidad y quieres llegar a ella con todo listo.
- Has cambiado de empleo, de ingresos o de domicilio desde que te la dieron.
- Te toca el TIE o un duplicado.
- Vas a salir de España y necesitas poder volver.
Qué hacemos: vigilamos la fecha y las condiciones, te avisamos cuando se abre tu ventana y preparamos la renovación con el fondo resuelto —qué hay que demostrar, y con qué.
Es tu caso si
- Has recibido un requerimiento y no sabes qué te piden de verdad.
- Te han denegado y quieres saber si merece la pena recurrir, o si hay una vía mejor.
- Te han comunicado la extinción de tu autorización o una propuesta de sanción.
Qué hacemos: leemos el expediente entero antes de responder y te decimos qué margen real hay. Si no lo hay, te lo decimos igual: es la información más valiosa que podemos darte.
Requerimientos y denegaciones
Cuando llega un requerimiento o una denegación, el reloj corre y las opciones se estrechan. Lo primero no es recurrir: es entender qué falló.
Cambiar de vía
La vía por la que entraste servía para el momento en que entraste. Cuando tu vida cambia —de estudios a trabajo, de un empleador a otro, de cuenta ajena a propia—, la estrategia tiene que cambiar con ella. Y a tiempo.
Es tu caso si
- Estás con una estancia por estudios y quieres pasar a trabajar.
- Vas a cambiar de empresa, de actividad o de forma de trabajar.
- Tu situación familiar te abre una vía mejor que la que tienes.
Qué hacemos: comprobamos qué puertas abre y cuáles cierra cada cambio antes de mover nada. Un cambio que resuelve este año puede costarte la larga duración dentro de tres.
Es tu caso si
- Quieres reagrupar a tu cónyuge, pareja, hijos o ascendientes.
- Eres familiar de español o de ciudadano de la Unión Europea.
- Tu familia ya está aquí y necesita una autorización propia, independiente de la tuya.
Qué hacemos: elegimos la vía que mejor protege a cada miembro —no siempre es la misma— y la encajamos con la tuya, para que las fechas de todos se muevan juntas.
Traer a tu familia
Tu viaje no es solo tuyo. Traer a tu familia tiene su propia vía, sus propios requisitos y su propio momento: hacerlo antes o después cambia el resultado.
Larga duración
El salto que deja de atar tu residencia a un trabajo, a una empresa o a una vía concreta: a los cinco años de residencia legal y continuada pasas a residir en España por derecho propio.
Es tu caso si
- Llevas cerca de cinco años residiendo legalmente en España y quieres dejar de renovar cada poco.
- Quieres la modalidad UE —cinco años en la Unión, los dos últimos en España—, que además te permite moverte y trabajar en otros países.
- Has pasado temporadas largas fuera y no sabes si tus ausencias te han roto la cuenta: hay un límite por viaje y otro sobre el total de los cinco años.
- Tuviste la larga duración y la perdiste por una ausencia prolongada.
Qué hacemos: contamos tu tiempo de residencia de verdad —las ausencias cuentan, y no todas cuentan igual— y elegimos entre la nacional y la UE según lo que quieras hacer después.
Es tu caso si
- Eres de un país iberoamericano, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o eres sefardí: dos años.
- Naciste en España, estás casado/a con español/a desde hace al menos un año y no separado/a, eres viudo/a de español/a, o tuviste padre, madre, abuelo o abuela españoles de origen: un año.
- Tienes reconocida la condición de refugiado: cinco años.
- Ya la solicitaste y llevas años sin respuesta.
Qué hacemos: revisamos tu historial antes de presentar —el tiempo tiene que ser legal, continuado e inmediatamente anterior a la solicitud—, preparamos el expediente con sus pruebas (CCSE y, si no vienes de un país hispanohablante, DELE A2) y seguimos contigo después: presentar no es terminar. Quedan la espera del Registro Civil y la jura, que hay que hacer dentro de los 180 días siguientes a la notificación de la concesión o caduca.
Nacionalidad española
El último escalón del viaje. El plazo general son diez años de residencia legal y continuada, pero a mucha gente le corresponde bastante menos —y casi nadie lo sabe.
¿Cómo funciona?
1. Revisamos dónde estás
Tu autorización, tus fechas y lo que se te exige seguir cumpliendo.
2. Trazamos el plan y lo vigilamos
Tú vives; nosotros miramos el expediente.
3. Cuando toca, se presenta
Con el fondo explicado dentro, no confiando en que nos pidan más papeles.
4. Y se prepara el escalón siguiente
Cada trámite se hace pensando en el que viene detrás.
¿Acabas de recibir tu resolución favorable?
Lo que viene después —el TIE, los plazos, la renovación y la nacionalidad— lo explicamos paso a paso en la guía «Ya tengo mi resolución favorable de la regularización 2026: ¿y ahora qué?». Es abierta y gratuita: no hay que dejar el correo para leerla.
Preguntas frecuentes
¿Necesito esto si mi renovación es dentro de dos años?
Sí, y es el mejor momento. Lo que se demuestra en una renovación no se prepara el mes anterior: se construye durante esos dos años.
¿Y si solo necesito un trámite suelto?
También lo hacemos. El acompañamiento continuo es para quien no quiere estar pendiente.
¿Trabajáis con expedientes que empezó otro?
Sí. Lo revisamos entero antes de asumirlo, y te decimos qué encontramos.
¿Podéis garantizar el resultado?
No, y desconfía de quien lo prometa. Lo que sí hacemos es decirte antes si la vía no es viable, aunque eso signifique que no nos contrates.
Tu residencia ya está.
Vamos a por lo siguiente.
Media hora, sin compromiso, para ver dónde estás y qué conviene mover primero.
